ELECCIONES 2024

Normativa

Todo el proceso electoral se rige por nuestros Estatutos y el Código de Buen Gobierno: 

Calendario

El Calendario electoral se aprobó en Junta de Gobierno el 17 de octubre de 2024. Siendo rectificado por error material el 22 de octubre de 2024.

18 de octubre 2024: CONVOCATORIA ELECCIONES E INICIO DEL PROCESO ELECTORAL

  • Del 18 de octubre al 11 de noviembre período presentación CANDIDATURAS.
  • 18 de octubre PUBLICACIÓN del Listado provisional de colegiadas/os con derecho a voto.
  • Del 21 de octubre al 23 de octubre. PLAZO DE RECLAMACIÓN contra el listado provisional de colegiadas/os con derecho a voto.
  • 11 de noviembre FIN DEL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS
  • 18 de noviembre. Publicación de las listas provisionales de Candidaturas
  • Del 19 al 26 de noviembre PLAZO DE RECLAMACIÓN contra las listas de las Candidaturas por parte de las personas colegiadas.
  • Del 27 al 29 de noviembre PLAZO PARA RESOLVER RECLAMACIONES
  • SI HAY UNA ÚNICA CANDIDATURA SE PROCLAMARÁ TOMANDO POSESIÓN DE SUS CARGOS
  • En el caso de que hubiera más de una Candidatura el 12 de diciembre de 2024 se CELEBRARÁN LAS ELECCIONES.
  • El 13 de diciembre RECLAMACIONES al escrutinio.
  • El 16 de diciembre RESOLUCIÓN de reclamaciones.

 Este calendario electoral fue aprobado en la Junta de Gobierno del día 17 de octubre de 2024 y subsanado el 22 de octubre.

Electorado

Listado PROVISIONAL de las personas colegiadas con derecho al voto en las próximas elecciones 2024.

El plazo para hacer reclamaciones a dicho listado termina el próximo 23 de octubre. Dichas reclamaciones se deberán enviar al correo      elecciones@trabajosocialaragon.es

Consultar listado provisional aquí

Proceso electoral

    ¿Quién puede votar? 

  • las personas colegiadas incorporadas al Colegio, al menos, un mes antes de la convocatoria
  • que estén al corriente del pago de las cuotas colegiales.
  • que no estén incursos en prohibición legal o estatutaria.

    ¿Quién se puede presentar?

    Quienes cumplan estos requisitos:
  • estar en ejercicio de la profesión
  • estar al corriente del pago de las cuotas colegiales
  • tener 1 año de antigüedad de colegiación
  • no estar sancionado/a por infracción muy grave
  • no estar condenado/a por sentencia firme a la pena de inhabilitación
  • no tener antecedentes penales

      Votación

Mesa electoral:

  • La mesa electoral estará formada por una Presidencia, una Secretaría y dos Vocales, que tendrán designados sus respectivos suplentes, nombrados por la Junta de Gobierno, con criterios de objetividad, entre colegiados/as que no se presenten como candidatos/as a la elección.
  • Cada candidato/a podrá designar interventores de mesa, comunicándolo veinticuatro horas antes de comenzar la votación a la Junta de Gobierno, en número no superior a dos por candidatura completa y uno por cada candidatura individual

Voto por correo:

  • el elector/a introducirá la papeleta dentro de un sobre y, una vez cerrado, deberá incluirlo dentro de otro sobre también cerrado que contendrá fotocopia del documento nacional de identidad.
  • ese sobre irá dirigido a la Presidencia del Colegio poniendo en el reverso exterior del sobre el nombre, apellidos, domicilio y su número de colegiación. Deberá firmar en el reverso de manera que la firma cruce la solapa del sobre.
  • se admitirán los sobres llegados al Colegio en el mismo día de las elecciones hasta el momento de la apertura de las urnas. El voto personal anulará el emitido por correo, a cuyo efecto sólo se introducirán en la urna los votos emitidos por correo, tras comprobar que el votante no ha hecho uso de su derecho personalmente.

Voto presencial:

  • Las personas colegiadas votarán utilizando una papeleta que entregarán, previa identificación, a la Presidencia, para que en su presencia, la deposite en la urna.
  • La Secretaría de la Mesa deberá consignar en la lista de electores/as aquellos que vayan depositando su voto.

     Escrutinio:

  • Terminada la votación, se realizará escrutinio de los votos emitidos, que se hará en acto público, levantándose acta en la que figurarán los votos obtenidos por cada candidato/a individual o candidatura completa, así como los votos nulos y en blanco. Se considerarán nulos los votos recaídos en personas que no figuren como candidatos/as en las listas, así como las papeletas que contengan tachaduras, frases o expresiones distintas del nombre y cargo del candidato propuesto.
  • Los candidatos/as que hayan obtenido mayor número de votos serán elegidos para el respectivo cargo al que se presenten en candidatura individual o completa.
  • En caso de empate se elegirá a la persona colegiada con mayor antigüedad en el Colegio.

    Reclamaciones:

  • Efectuado el escrutinio de los votos, al día siguiente, los candidatos/as podrá efectuar las reclamaciones que consideren oportunas que resolverá la Junta de Gobierno en el plazo máximo de las cuarenta y ocho horas siguientes y si estimase que no fuese admisible ninguna o no se hubieran presentado, procederá a la proclamación de los candidatos/as elegidos/as.
  • En el supuesto de que la Junta de Gobierno, a la vista de las impugnaciones presentadas, resolviera anular la elección, lo comunicará al Consejo General, procediendo a convocar nuevas elecciones en el plazo máximo de un mes, continuando en este caso la Junta de Gobierno en funciones hasta que sean proclamados los cargos de la nueva Junta elegida.

Candidaturas

Las personas candidatas que deseen  presentarse formalizarán su candidatura por escrito a la Presidencia. En ningún caso un mismo candidato/a podrá presentarse para dos cargos de la Junta de Gobierno. Los colegiados/as que lo deseen podrán agruparse constituyendo candidatura completa, integrada por tantos candidatos/as como cargos hayan de ser elegidos, debiendo el colegiado/a que la encabece comunicarlo igualmente por escrito a la Presidencia.

Comunicaciones

18 de octubre 2024.  Convocatoria de elecciones

22 de octubre 2024. Subsanación fecha elecciones